De acuerdo a lo expresado en el artículo 293, numeral 6 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, corresponde al Poder Electoral, por órgano del Consejo Nacional Electoral, la organización de las elecciones de los sindicatos, en los términos que señale la ley, en concordancia con los Estatutos Internos de SINBOTRAINPSASEL, se hace saber que el presente proceso electoral se regirá por lo dispuesto en dichos estatutos, con plena observancia las demás normas jurídicas que regulan los procesos electorales sindicales, es por ello, que se pone a disposición la "NORMAS SOBRE ASESORÍA TÉCNICA Y APOYO LOGÍSTICO EN MATERIA DE ELECCIONES SINDICALES", emanada del Consejo Nacional Electoral, de acuerdo a la RESOLUCIÓN N° 090528-0264, de fecha 28 de mayo de 2009
http://www.cne.gov.ve/web/documentos/normativa_electoral/NORMA_SOBRE_ASESORIA_TECNICA_LOGISTICA_%20ELECCIONES_SINDICALES.pdf
No hay comentarios:
Publicar un comentario